Entre Vilafranca del Penedès y Sant Sadurní dAnoia, en un entorno tranquilo y bien comunicado, se alza esta imponente casa señorial de principios del siglo XX, una finca con alma, volumen y versatilidad real para un proyecto único, tanto residencial como profesional. La propiedad fue construida en 1910 y dispone de una superficie construida total de 1.306 m², sobre una parcela urbana de 1.006 m². La edificación se distribuye en varios niveles, combinando amplias zonas de vivienda (tres plantas de 261 m² cada una y grandes espacios destinados a almacenes y aparcamiento, fácilmente integrables o redistribuibles según necesidades. Los techos de más de 4 metros, la amplitud de las estancias y la estructura original permiten desarrollar un proyecto de alto nivel: una vivienda singular, un espacio híbrido vivienda-trabajo o un negocio con personalidad propia. Por volumen, distribución y ubicación, la finca es ideal para Restaurante con encanto o proyecto gastronómico singular, Casa de turismo rural o alojamiento con carácter, Residencia privada, geriátrico o centro asistencial, previa adecuación normativa o una combinación de vivienda y actividad profesional El terreno permite además crear zonas ajardinadas, patios o espacios exteriores que aportan valor añadido tanto al uso privado como al uso comercial. No es una propiedad convencional. Es una base sólida para quien quiere crear algo propio, con identidad, historia y presencia, en una de las zonas más demandadas del Alt Penedès.
INFORMACIÓN LEGAL DETALLADA SOBRE GASTOS DE COMPRAVENTA – CATALUÑA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, TRLDCU, (Real Decreto Legislativo 1/2007), se informa expresamente que el precio publicado del inmueble no incluye los impuestos ni gastos derivados de la transmisión, los cuales serán íntegramente asumidos por la parte compradora, salvo pacto expreso en contrario.
IMPUESTOS A CARGO DEL COMPRADOR; En transmisiones de vivienda USADA en Cataluña, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) se liquidará sobre el mayor valor entre el precio escriturado y el valor de referencia catastral, conforme al Real Decreto Legislativo 1/1993 y normativa autonómica aplicable.
El tipo general vigente en Cataluña es del 10%. No obstante, podrán aplicarse tipos reducidos del 5%, 4% o bonificaciones específicas en función de las circunstancias personales del comprador (jóvenes menores de 32/35 años según requisitos de renta, familias numerosas, personas con discapacidad, viviendas de protección oficial u otros supuestos legalmente previstos, o un 11%, cuando el valor del inmueble es superior a 1M Euros). La aplicación de cualquier tipo requerirá el cumplimiento estricto de los requisitos legales y su debida acreditación.
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA) En caso de tratarse de vivienda de OBRA NUEVA primera transmisión, será de aplicación el IVA al tipo vigente, actualmente 10% con carácter general para vivienda, más el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) 1,5%, al tipo establecido por la Generalitat de Catalunya, (Ley37/1992, de 28 de diciembre, del impuesto sobre Valor Añadido)
NOTARÍA Y REGISTRO Los gastos de otorgamiento de escritura pública ante Notario y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad se encuentran sometidos a arancel oficial (Real Decreto 1426/1989 y Real Decreto 1427/1989), aproximadamente un 1,2% del valor de la venta, siendo asumidos por la parte compradora conforme a la práctica habitual en Cataluña.
HONORARIOS PROFESIONALES – CASASYMASIAS.COM Los honorarios profesionales de intermediación inmobiliaria de casasymasias.com están incluidos en el precio de venta, son a cargo de la parte vendedora.
EN EL CASO DE PRECISAR FINANCIACION BANCARIA El importe de los gastos adicionales deberá de ser consensuados con la entidad financiera.
DIFERENCIACIÓN PEQUEÑO / GRAN TENEDOR A efectos informativos, se hace constar que la condición de pequeño o gran tenedor se determinará conforme a la normativa vigente en Cataluña (Ley 18/2007 y normativa complementaria), especialmente relevante en materia de arrendamientos urbanos y viviendas situadas en zonas declaradas tensionadas. La condición de gran tenedor podrá implicar obligaciones adicionales en determinados supuestos legales, sin que ello altere el régimen fiscal aplicable a la transmisión objeto de la presente compraventa.
CÁLCULO PERSONALIZADO Para el cálculo exacto del coste total de adquisición, se recomienda solicitar estudio personalizado a info@casasymasias.com, donde se emitirá estimación detallada en función del perfil fiscal concreto del comprador. Cualquier estimación facilitada tendrá carácter meramente orientativo, quedando sujeta a la situación fiscal individual del comprador y a la normativa vigente en el momento del devengo del impuesto.